Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que la penada DÍAZ CASTILLO ROSA MARÍA, titular de la cédula de identidad N° V-17.561.804, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de DOS (02) MESES y VEINTITRÉS (23) DÍAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que a la mencionada ciudadana le falta por cumplir de la pena impuesta un total de CINCO (05) AÑOS, NUEVE (09) MESES y SIETE (07) DÍAS DE PRESIDIO, razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 10/01/2012. TERCERO: Por cuanto la penada ut supra identificada, fue condenada a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, se estable que: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 10/01/2012; LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cual cumplirá el 10/07/2013; y LA INTERDICCIÓN CIVIL, la cual cumplirá el 10/01/2012. CUARTO: E.....