Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que el penado HERNÁNDEZ OLIVERO PABLO JOSÉ, titular de la cédula de identidad N° V-17.743.917, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES y SIETE (07) DIAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que al mencionado ciudadano le falta por cumplir de la pena impuesta un total de CINCO (05) AÑOS, SEIS (06) MESES, DIECISÉIS (16) DÍAS y OCHO (08) HORAS DE PRESIDIO, razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 25/11/2010, a las 08:00 am. TERCERO: Por cuanto el penado ut supra identificado, fue condenado a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, se estable que: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 25/11/2010, a las 08:00 am.; LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cual cumplirá el 07/12/2012,.....