Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que el penado CARLOS JAVIER LANDAETA RAGA, titular de la cédula de identidad N° V-18.733.720, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de CINCO (05) MESES y QUINCE (15) DIAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que al mencionado ciudadano le falta por cumplir de la pena impuesta un total de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y QUINCE (15) DÍAS DE PRESIDIO, razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 28/06/2006. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Código Penal, se estable que las penas accesorias de: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 24/12/2006; y LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cumplirá el 04/11/2006. CUARTO: Se establece que en el caso de marras la ejecución de la pena debe estar sujeta a la normativa contenida en el in.....