DECRETA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL impuesta al penado GUILLEN POWER CARLOS ENRIQUE; titular de la cédula de identidad N° V-6.328.111; quien en fecha 13/05/2002, fue condenado a UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de Homicidio Culposo; previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal; y consecuencialmente, se DECRETA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LA PENA ACCESORIA A LA PRISIÓN, RELATIVA A LA INHABILITACION POLITICA DURANTE EL TIEMPO QUE DURÓ LA PENA PRINCIPAL, conforme a lo establecido en el artículo 498 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 495 y 496 ejusdem y artículos 16, numeral 1 y 24, ambos del Código Penal.
Notifíquese a las partes, conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de la norma adjetiva penal.