Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que la penada DORANTE JARAMILLO WENDI, titular de la cédula de identidad N° V-15.023.437, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de OCHO (08) MESES y DIECISIETE (17) DÍAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que a la mencionada ciudadana le falta por cumplir de la pena impuesta un total de TRES (03) AÑOS, NUEVE (09) MESES y TRECE (13) DÍAS DE PRESIDIO; por lo que la pena principal finaliza el 04/11/2008. TERCERO: Por cuanto la penada ut supra identificada, fue condenada a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, se estable que: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá la penada en fecha 04/11/2008. LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cumplirá el 19/12/2009; y LA INTERDICCIÓN CIVIL, la cumplirá el 04/11/2008. CUARTO: Se establece que .....