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Decisiones del dia 21/02/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Ejecución Los Teques
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 4E2498-01 N° Sentencia : 4E2498-01 Fecha: 21/02/2006
Procedimiento:
Penas Accesorias
Partes:
FISCAL: 10MO DEL M.P DR. ANGEL RAFAEL BASTARDO/ DEFENSA: DRA. RAQUEL MORILLO/ IMPUTADO: BEOMON LUIS YUBANI
Resumen:
DECRETA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL impuesta al penado BEOMON LUIS YUBANI; venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, titular de la cédula de identidad N° V-6.967.219, nacido en fecha 18/08/1966, de estado civil soltero, residenciado en la Carrera 1, Barrio Andrés Castillo, parte baja, casa s/n; Municipio Iribarren, Estado Lara; quien fue condenado a cumplir la pena de Cuatro (04) Años, Ocho (08) Meses y Dieciocho (18) días de Presidio, por la comisión del delito de Robo Agravado en grado de tentativa y Porte ilícito de arma de fuego; previstos y sancionados en los artículos 460 en relación con el primer aparte del artículo 80, ambos del Código Penal, y artículo 278 ejusdem, respectivamente; y consecuencialmente, se DECRETA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LAS PENAS ACCESORIAS AL PRESIDIO, RELATIVAS A LA INTERDICCION CIVIL y la INHABILITACION POLITICA DURANTE EL TIEMPO QUE DURÓ LA PENA PRINCIPAL, conforme a lo establecido en el artículo 13 numerales 1 y 2, en relación con.....
Juez/Ponente:
Rosa Elena Rael Mendoza
Organo:
Tribunal Cuarto de Ejecución Los Teques
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N° Expediente : 4E2498-01 N° Sentencia : 4E2498-01 Fecha: 21/02/2006
Procedimiento:
Cumplimiento De Pena
Partes:
FISCAL: 10MO DEL M.P DR. ANGEL RAFAEL BASTARDO/ DEFENSA: DRA. RAQUEL MORILLO/ IMPUTADO: BEOMON LUIS YUBANI
Resumen:
ORDENA al ciudadano BEOMON LUIS YUBANI; titular de la cédula de identidad N° V-6.967.219, EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA ACCESORIA derivada de la pena de presidio, contemplada en el artículo 13 numeral 3 del Código Penal, como es la SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD por una cuarta parte 1/4 del tiempo de la condena, que corresponde a UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y CUATRO (04) DÍAS; que deberá cumplir el prenombrado ciudadano, cada treinta (30) días, a partir de la fecha en la cual se presente por primera vez, ante el respectivo Jefe Civil de la Parroquia o Municipio donde reside; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 22 del Código Penal. Notifíquese a las partes, conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de la norma adjetiva penal.
Juez/Ponente:
Rosa Elena Rael Mendoza
Organo:
Tribunal Cuarto de Ejecución Los Teques
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