Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que el penado VÁSQUEZ VILLEGAS ABRAHAM MARCIAL, titular de la cédula de identidad N° V-11.035.965, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y VEINTISIETE (27) DIAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que al mencionado ciudadano le falta por cumplir de la pena impuesta un total de OCHO (08) AÑOS, UN (01) MES y VEINTISIETE (27) DÍAS DE PRESIDIO, razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 20/07/2013. TERCERO: Por cuanto el penado ut supra identificado, fue condenado a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, se estable que: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 20/07/2013; LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cual cumplirá el 26/11/2015; y LA INTERDICCIÓN CIVIL, la cual cumplirá el 20.....