NIEGA el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano CARLOS JAVIER LANDAETA RAGA, titular de la cédula de identidad N° V-18.738.720; por no reunir todos los requisitos exigidos en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara Sin Lugar, la solicitud interpuesta en fecha 26/04/2005 por la Defensa Pública, Dra. Elena Luis Fernández.
Se declara Sin Lugar, la solicitud interpuesta en fecha 29/04/2005 por el penado.
Notifíquese a las partes, conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de la norma adjetiva penal.