ACUERDA PRIMERO: Declara Con Lugar la precalificación del delito imputado a el adolescente presentado en este acto; igualmente se declara Parcialmente Con Lugar la solicitud de imponerle al adolescente IDENTIFICACION PROHIBIDA ampliamente identificado al comienzo de este acto, las Medidas Cautelares previstas en el artículo 582, literales "C, D, y F" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistentes: la Primera: En cumplir presentaciones cada ocho (08) días ante este Tribunal de Control, a partir del día lunes 27 de Junio de 2005. Segundo: Prohibición de Ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal y del Área Metropolitana de Caracas, sin la autorización previa del mismo y Tercero: Prohibición de tener directa o indirectamente cualquier tipo de comunicación con las victimas ciudadanos VALLADARES CANO JOSE DE LOS SANTOS Y VALLADARES JOSE DE LOS SANTOS y sus familiares, todas las medidas hasta tanto culmine la investigación judicial. SEGUNDO: Se declara Con .....