...DECLARA CON LUGAR, la solicitud de REVISION DE MEDIDA, interpuesta por la Defensa, actuando en representación del adolescente, IDENTIDAD OMITIDA y en tal sentido se PROCEDE A MODIFICAR la Medida Cautelar prevista en el artículo 582, literal "g" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, imponiendo la medida prevista en el literal "B" consistente en la obligación de someterse al cuidado, vigilancia ordenes y orientaciones de sus representantes legales quienes deberán acudir al Tribunal a los fines de realizar audiencia de imposición de medida, luego de lo cual se procederá al egreso del adolescente, una vez cumplido este requisito, ratificando las impuestas relativas a los literales c , d y f Ejusdem, en los términos expuestos en la audiencia de presentación con recordatorio de prohibición de cambiar de domicilio o residencia sin autorización debida del Tribunal, Notifíquese a las partes...