DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, AL OCURRIR LA MUERTE DEL IMPUTADO, seguida a ciudadano IDENTIDAD OMITIDA; titular de la Cédula de Identidad 20.412.188, de conformidad con lo establecido en el artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 318 numeral 3° y el artículo 48 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados por remisión del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes...