PRIMERO: CONDENA al adolescente IDENTIFICACION OMITIDA, venezolano, de dieciséis (16) años de edad, nacido en fecha IDENTIFICACION OMITIDA, titular de la cédula de identidad N° V- IDENTIFICACION OMITIDA, de ocupación estudiante de 9no Educación Básica en el IDENTIFICACION OMITIDA, hijo de los ciudadanos IDENTIFICACION OMITIDA, residenciado en el IDENTIFICACION OMITIDA Los Teques, Estado Miranda, por encontrarlo CULPABLE y en consecuencia Penalmente responsable de los cargos imputados por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público, en la comisión de uno de los Delitos Contra La Propiedad (ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR), según lo previsto en el artículo 5° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, con las circunstancias agravantes dispuestas en el artículo 6° (Numerales 1,2,3,5,8 y 12) Ejusdem, y lo SANCIONA a cumplir las Medidas de 1.- Imposición de REGLAS DE CONDUCTA consistentes en: A.-. Obligación de continuar y culminar sus Estudios, consignando ante este Tribunal l.....