...declara: CON LUGAR LAS EXCEPCIONES OPUESTAS POR LA DEFENSA la excepción a la persecución penal, y DESESTIMA TOTALMENTE LA ACUSACION, en conformidad con el articulo 578 literal (a) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida contra el adolescente el joven adulto) IDENTIDAD OMITIDA, la comisión del delito de DETENTACION DE SUSTANCIAS O ARTEFACTOS EXPLOSIVOS O INCENDIARIOS, AGAVILLAMIENTO Y ATENTADOS CONTRA LA SEGURIDAD EN LA VIA, previsto en el artículo 296, 286, 357, primer aparte de la Ley de reforma parcial del Código Penal en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 578 literal a de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en concordancia con el articulo 330 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del articulo 537 y 571 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. SEGUNDO: S.....