...PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR, la solicitud de REVISIÓN DE MEDIDA, en atención a lo pautado en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, interpuesta por la Dra. NELIDA TERAN, en su condición de Defensora Pública Penal, de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, identificados al inicio de la presente y en tal sentido se procede a MODIFICAR la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 582 literal g.) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por otras menos gravosas, disminuyendo la cantidad de persona requeridas como fiadores, por la PRESENTACION DE DOS (02) FIADORES QUE DEVENGUEN CADA UNO EL EQUIVALENTE AL SALARIO MINIMO URBANO VIGENTE, consignando las constancias requeridas por este tribunal al momento de la imposición de la medida. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Diarícese y déjese copia. Cúmplase...