Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Unipersonal de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, oída la exposición Fiscal y de la Defensa y vista la admisión de los hechos de manera espontánea,
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público, en contra de los adolescentes (PROHIBIDA SU IDENTIFICACION) , anteriormente identificado, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal, , cometido en perjuicio de la ciudadana BARRIOS BORREGO NAIROBI CLARET, en virtud de que la misma, contiene las exigencias legales establecidas en el artículo 570 de la Ley orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente,
SEGUNDO: El Tribunal modifica la medida sancionatoria solici.....