Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Unipersonal de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Vista la admisión de los hechos, expresados por el adolescente (PROHIBIDA SU IDENTIFICACIÓN), de una manera espontánea pura y simple, quien es de nacionalidad venezolana, nacido en Caracas, Distrito Capital, en fecha XXXX, de XXXX años de edad, con cédula de identidad N° V.- XXXX, hijo de XXXXX Y XXXXXX, Residenciado en EL SECTOR XXXXX, Municipio Independencia del Estado Miranda, pasa a dictar la DISPOSITIVA de la siguiente manera:
Primero: Admite la Acusación Fiscal y las pruebas ofrecidas contra el adolescente. (PROHIBIDA SU IDENTIFICACIÓN) , ampliamente identificado ut supra, por el delito de Robo Agravado, previsto en el Artículo 460 del Código Penal y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el Artículo 278 ejusdem, en con.....