emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano MILANO TOVAR JESUS MIGUEL, Venezolano, de 67 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.998.805, hijo de Juana Tovar (f) y de Juan Milano (f) domiciliado en la Calle Higuerote, casa N° 60, Curiepe, Municipio Brión, , Estado Miranda., a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Pena
SEGUNDO: Se condena igualmente al precitado ciudadano a cumplir las penas accesorias de conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Código Penal.