ORDENA LA APERTURA A JUICIO del imputado JOSE ROBOAM GUERRERO, titular de la cédula de identidad Nro. V 9.958.590, natural de Caracas, nacido el día 06-02-1967, de 40 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V.9.958.590, de profesión u oficio Trabajo encargado de una arenera, de padres Pablo Fermín (f) y Sara Guerrero (v), Domiciliado en: Las Mercedes de Cupira, calle Los Mangos, casa Nº 30. Estado Miranda, por el delito de LESIONES INTENCIONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena a las partes para que concurran en un lapso de cinco (5) días al Juez de Juicio a los fines legales consiguientes e igualmente se instruye al Secretario del Tribunal para que remita al Tribunal que corresponda conocer, la documentación de las actuaciones.
QUINTO :SE DECRETA EL SOBRESEIMENTODE LA CAUSA, seguida al imputado .....