Por los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud interpuesta por la Dra. HAYDEE CONTRARAS, en su carácter de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda extensión Barlovento, a favor de la ciudadana: MIGDALlA DEL CARMEN BRACHO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 6.205.140. En virtud de ello se acuerda oficiar a la Policía del Municipio Plaza, a los fines de que resguarden la Integridad Física de dicha ciudadana y de su Núcleo familiar.-