DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, y en consecuencia pone fin al procedimiento de la causa signada con el Nº 1U-353-07 , seguida en contra de la ciudadana MARISOL PESTANA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nª 10.348.365, respectivamente, por la comisión del delito de DIFAMACION previsto y sancionado en el artículo 444 del Código Penal Vigente, para ese momento, cometido en perjuicio del ciudadano (a): ANA MISTICA MARQUEZ CHARAIMA, Venezolana mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nª V- 13.325.528, respectivamente. Solicitud que hace de conformidad a lo establecido en los artículos 300 numeral 3 en relación con el artículo 304 y 49 ordinal 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 108 y 450 del Código Penal Y ASI SE DECIDE