DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, impuesta al ciudadano NINO JOSÉ SATURNINO CASTELS, de Nacionalidad: Venezolano, natural de Valencia, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.915.048, nacido el 11/07/1986 estado civil soltero, profesión u oficio; chofer, residenciado en: Urbanización dos lagunas, sector santa bárbara, calle 3, vereda 68, casa N° 02, teléfono 0239.511.59.09 – 0416.542.85.87, Municipio Independencia del Estado Miranda,; contemplada en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal derogado; razón por la cual a partir de la presente fecha cesa la obligación para el imputado, de comparecer ante la oficina de alguacilazgo .....