Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de primera instancia en función de control, No. 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: ÚNICO: En estricta observancia y acatamiento del primer aparte del artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, y verificados como fueran los recaudos consignados respecto de los ciudadanos CARLOS FORTUNATO GARCÍA ROBLES, JUAN ALBERTO GAVIDEZ HERRERA y FERNANDO ENRIQUE OROZCO CASSIANI, titulares de las cédulas de identidad personales números V-06.996.366, V-10.888.329 y V-14.194.832, respectivamente, a los fines de constituirse en fiadores de los imputados, ASCANIO MEZA ALEX BERNARDO, JOHD RAFAEL MATERAN y SAJAR ZADGAR VALERA SALAZAR, titulares de las cédulas de identidad personales números V-12.084.987, V-18.129.474 y V-16.202.820, en el orden indicado; aprecia esta Juzgadora que tales personas se .....