Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de primera instancia en función de control, No. 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se pronuncia en los términos siguientes:
PRIMERO: SE ACUERDA ADMITIR al ciudadano LUIS JOSE IBARRA SEQUEIDA, Titular de la cedula de identidad Nro. V.-5.400.269, para que conjuntamente con el ciudadano EMERSON RAMON RIVERO MENDEZ, Titular de la cedula de identidad Nro. V.- 5.427.648, quien fue admitido en fecha 03-08-2009, constituyan fianza a favor del ciudadano GONZALEZ WILLIAN DAMIAN, por lo cual deberán comparecer a la sede de este juzgado a la brevedad posible, a los fines de levantar acta contentiva de las obligaciones que contraerán, indicándose en tal oportunidad quedar entendido que sólo una vez se constituya la fianza exigida será librará, en consecuencia, boleta de excarcelación.
SEGUNDO: Se DECLARA SIN .....