PRIMERO: Que el penado LUIS ALBERTO SUAREZ , fue detenido preventivamente en fecha 04 DE ABRIL DE 2002 , evidenciándose que hasta el día de hoy ha permanecido recluido un tiempo de UN AÑO CINCO MESES Y UN DIA, faltándole por cumplir un remanente de pena de 10 AÑOS SEIS MESES Y 30 DIAS, por lo cual la PENA DEFINITIVA la cumplirá el día 4 DE ABRIL DEL 2014.
SEGUNDO: Igualmente el prenombrado ciudadano fue condenado a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal, las cuales se especifican a continuación:
1. INHABILITACIÓN POLÍTICA, durante el tiempo que dure la condena, es decir, DOCE AÑOS DE PRESIDIO, que se cumplirán el 4 DE ABRIL DE 2004.
INTERDICCIÓN CIVIL, durante el tiempo de la condena, es decir DOCE AÑOS DE PRESIDIO, que se cumplirán el 4 DE ABRIL -2004.
SUJECIÓN A LA VIGILANCIA, de la autoridad por una CUARTA parte del tiempo de la condena, desde que esta termina.
Asimismo, el referido imputado podrá goza.....