Con fuerza en las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, éste Juzgado Primero (1°) de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 105 del Código Penal DECRETA LA EXTINCION DE LAS PENAS ACCESORIAS, impuestas a los ciudadanos FELIX EUGENIO ARIAS, ANGEL ALEXANDER MARTINEZ Y OVIEDO ANGEL ALEXANDER, titulares de las cédulas de identidad Nª V- 6.424.448, 12.976.989 y 6.392.397 respectivamente, mediante sentencia proferida por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Pùblico de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, sede Ocumare del Tuy, en fecha 05 de noviembre de 1998, por lo que en consecuencia se declara extinguida su responsabilidad criminal.
Publíquese, regístrese y no.....