A continuación se procederá a establecer las fechas a partir de la cuales previo el cumplimiento de los requisitos exigidos en la norma adjetiva penal, el penado optará a las formulas alternativas de cumplimiento de pena y en consecuencia:
1.- El Trabajo Fuera del Establecimiento (Destacamento de Trabajo), le corresponde al haber cumplido una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, que en el caso de marras, equivale a tres (3) años, y le procede desde el día 25 de agosto de 2009.
2.- Destino a Establecimiento Abierto (Régimen Abierto), le corresponderá al haber cumplido una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir cuatro (4) años, y le corresponderá desde el día 25 de agosto de 2010.
3.- La Libertad Condicional, le procederá al haber extinguido las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, que atendiendo a la pena impuesta, es igual a ocho (8) años, correspondiéndole a partir del día 25 de agosto de 2014.
4.- El Confinamiento, lo puede optar al haber cump.....