Por todo lo antes expuestos y tomando en cuenta los supuestos de los hechos y del derecho plasmado en base en el artículo 64 ordinal 1° y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley , ACUERDA: Al penado EDIXON JOSE VELASQUEZ ZAMBRANO, titular de la Cedula de Identidad N° 12.302.938, EL BENEFICIO DE REGIME ABIERTO, por cuanto se evidencia que el mismo ha cumplido mas de un tercio de la pena impuesta, así mismo este Tribunal ordena aplicar la extractividad de la ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que los hechos ocurrieron con anterioridad a la reforma y aplicándose el principio de retroactividad de la ley, que es la aplicación del Código Orgánico Procesal Penal antes de la reforma, el cual favorece a los penados, ya que para .....