declara PROCEDENTE el desistimiento efectuado por el ciudadano NEURY SAMUEL CAMPUSANO TORUNO, actuando en su carácter de presidente de la Asociación Civil O.C.V. FAMIHOGAR, inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Paz Castillo, Santa Lucia, Estado Miranda, en fecha 04 de septiembre de 2001, bajo el Nro. 32, Tomo 3 del Protocolo Primero, debidamente asistido en este acto por la abogada YULIMAR GUSMELIA FERNANDEZ, todos ampliamente identificados en autos, mediante diligencia consignada en fecha 03 de febrero de 2016 (inserta al folio 93,del presente expediente).
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.
Remítase en su oportunidad legal el presente expediente al Tribunal de origen, esto es, al Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy.
Regístrese, publíquese y déjes.....