En mérito de lo precedentemente expuesto éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: SIN LUGAR el Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano JAIME ALBERTO CHÁVEZ, asistido por los abogados Filman Antonio Morales y Omar Rojas Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 67.903 y 60.044, contra la sentencia de Segunda Instancia dictada en fecha 05 de noviembre de 2003, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio seguido en su contra, por Resolución De Contrato de Arrendamiento Verbal por falta de pago, por la demandante ciudadana Maria de Jesús Ojeda.
Segundo: Se Revoca la medida cautelar innominada decretada en fecha 02 de diciembre de 2003, m.....