Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio ELVIS RAMÓN PARRA SÁNCHEZ,por falta de representación, contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 14 de julio de 2022; en tal sentido, se REVOCA el auto proferido por el aludido tribunal en fecha 20 de julio del mismo año, que admitió y oyó en un solo efecto el presente recurso de apelación, intentado en la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana JACKELINE COROMOTO ROJAS ACEVEDO contra el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de esta Circunscripción Judicial.
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