PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación planteada por el abogada MARIELA PARRA HERRERA, actuando en representación del ciudadano GUILLERMO IBARRA ESPINOZA contra la sentencia dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Sala de Juicio, Juez Profesional Nº1, en fecha 28 de marzo de 2008. En consecuencia, se declara con lugar la pretensión del actor solamente por lo que respecta a la causal 3ª del artículo 185 del Código Civil y no así por lo que respecta a la causal 2ª de la señalada disposición legal.