Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO presentado por la abogada en ejercicio MARYORI ESPERANZA BORGES GRAZIOZI, actuando en su propio nombre y representación, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 22 de febrero de 2024, el cual negó el recurso de apelación interpuesto por la aludida profesional del derecho, contra el auto proferido por el referido juzgado en fecha 19 de febrero de 2024; y por consecuencia, se CONFIRMA el mencionado auto.
Dada la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condenatoria en costas.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo di.....