En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Accidental Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. Mardonia Gina Mireles, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el juicio por Intimación de Honorarios Profesionales, incoado por la Abogado Martha Andreina Ávila Bell, contra Omaira Isabel Rondon de Acevedo, causa sustanciada en el expediente signado con el No. 01-4421, nomenclatura interna del Tribunal a cargo de la Juez Inhibida.