Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano MANUEL OSWALDO MONTERO RUIZ, actuando en su propio nombre y representación, contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 22 de septiembre de 2020, la cual se CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo; y por consiguiente, se declara INADMISIBLE, de manera sobrevenida, la pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL que incoara el prenombrado contra la ciudadana LOURDES TERESA APONTE TABATA, conforme a lo previsto en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dada la natural.....