declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio CIOLI YASMIN OLIVARES DELGADO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana SOLANGE GERMANIA MARTINEZ BUITRAGO, ambos plenamente identificados en autos, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 30 de junio de 2015, y CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en la presente decisión el referido fallo, a través del cual se declaró CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 356 eiusdem
Se condena en costas a la parte demandante recurrente, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la remisión del presente expediente junto con.....