En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, Administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el ciudadano WILLY A BURKLE PALLOTA, supra identificado y debidamente asistido por la abogada María Gabriela Sosa, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.885, contra el auto dictado en fecha 29 de octubre 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques.
Segundo: SE CONFIRMA EN TODAS SUS PARTES, el Auto dictado en fecha 29 de octubre 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, mediante el cual se NEGO la admisión de la demanda que por .....