Primero: HOMOLOGADO y PASADO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA el desistimiento propuesto en fecha 22 de abril de 2008, por los ciudadanos SOR TERESA ARVELO DE MANZANO y JESUS FRANCISCO MANZANO, debidamente asistidos del abogado Pedro Juvenal Lara Biasco, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 122.258, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.