Este Juzgado, dio por recibida la presente causa, dándole al lapso para la respectiva fundamentación de la apelación, de 10 días de despacho de conformidad como lo establecido en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales se indican a continuación: miércoles 13, jueves 14, lunes 18, martes 19, miércoles 20, lunes 25, martes 26, miércoles 27, jueves 28 de julio de 2016, y lunes 01 de agosto de 2016, sin evidenciarse fundamentación alguna por parte del tercero interesado y accionante en esta instancia, motivo por el cual este Juzgador debe forzosamente aplicar el último aparte de la precitada norma, declarando DESISTIDA la apelación interpuesta por el ciudadano ALI ROBERTO GONZALEZ BRELIO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.613.517, en su condición de tercero interesado apelante, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miran.....