PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte actora. SEGUNDO: por violación de norma de orden público SE ANULA la sentencia dictada en fecha veintitrés (23) de febrero de 2018, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos JHON MANUEL GAVIDIA VALERO, ROBETS ALEXANDER PEÑA LEDEZMA y REIMUNDO GUTIERREZ MEDINA contra la entidad de trabajo CONSORCIO LINEA II.CUARTO: Se ordena a la demandada a pagar a los accionantes las sumas suficientemente determinadas en la parte motiva del fallo por conceptos laborales. Igualmente se ordena pagar los intereses de mora sobre la cantidad condenada hasta el efectivo pago de dichas cantidades, considerando para ello la tasa de interés fijada por el Banco Central de Venezuela, de conformidad con lo previsto en los artículos 142 y 143 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo los T.....