... se procede a DIFERIR el dictamen de la sentencia para el quinto 5to día hábil al de hoy, es decir, para el día miércoles, catorce (14) de mayo de 2014 a las 11:00 a.m de la mañana, por cuanto el día viernes nueve (09) de mayo de 2014, el Tribunal no prestará despacho por asistencia del ciudadano juez a la Reunión de Coordinadores Laborales, entendiéndose que en caso de presentarse en forma sobrevenida, dentro del lapso días declarados como no hábiles, corresponderá la nueva oportunidad para dicho acto el hábil siguiente.