...declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado JOSE GREGORIO BRAVO inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nº 24.379, en su carácter apoderado judicial de la parte actora apelante, contra el auto de fecha 13 de febrero de 2014, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, por la incomparecencia a la Audiencia de Apelación, tanto de la parte apelante como su apoderado judicial.. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 13 de febrero de 2014, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, quedando con toda fuerza de Ley y se ordena la devolución del expediente. TERCERO: No hay condena en costas, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.