...CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado RAMON ALEJANDRO INFANTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 20.558., en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha 04 de marzo de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques. SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, la admisión de la prueba de informe promovida por la parte demandante, dirigida a la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, la cual si constituye un medio idóneo para su objeto. TERCERO: No hay especial condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.-