declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha veinte (20) de noviembre de 2.020, dictada por el por el Juzgado Tercero (3ro) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.