Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la falta de competencia del Tribunal, promovida por la parte demandada, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, sigue el ciudadano FELIPE NARCISO HERNÁNDEZ APONTE, en contra de la ciudadana MEICHAN ZOU, ambos suficientemente identificadas en autos.-