En fuerza de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR la demanda por NULIDAD DE ASAMBLEA incoada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO CORREIA DE SOUSA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-6.842.340 en contra de la sociedad mercantil denominada TRANSPORTE JM 2000, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veintisiete (27) de marzo de dos mil nueve (2009), quedando anotada bajo el número 34, tomo 13-A, expediente signado con el número 222-1274, representada por los ciudadanos ANTONIO CORREIA SERRAO y JOSÉ MANUEL CORREIA SOUSA, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domic.....