III
DISPOSITIVO
Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara,
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de REPOSICIÓN DE LA CAUSA planteada por la parte accionada;
SEGUNDO: SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN DE LA ESTIMACIÓN DEL VALOR O CUANTÍA DE LA DEMANDA y,
TERCERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la sociedad mercantil ADMINISTRADORA E INVERSORA FAESA 33, S.R.L. en contra de la empresa DISTRIBUIDORA TORNIWOOD, C.A., ambas suficientemente identificadas en autos y consecuentemente, la parte accionada debe entregar a la actora el inmueble de aproximadamente "Mil nueve metros cuadrados (1.009 Mts2) incluyendo ambas mezaninas ubicado en la Avenida Principal Las Minas del Sector Industrial Las Minas Km 15 de la Carretera Panamericana sentido Caracas-Los Teques, galpón industrial de por medio al establecimiento INVERSORA ALTO-MIR D.S.F, C.A., frente del inmueble denominado Centro.....