DECLARA CON LUGAR la acción de amparo constitucional. En consecuencia, se ordena, que dentro del plazo de veinticuatro (24) horas siguientes a la culminación de la presente audiencia, los ciudadanos FRANKLIN MATA MARCANO, GERARDO MATA BLASCO, CARMEN BLASCO DE MATA Y ANA J. MATA BLASCO, actuando conjunta o individualmente, en su condición de representantes del ESTACIONAMIENTO RAMO VERDE S.R.L, procedan a hacer entrega a los agraviados, de los vehículos que se encuentran en calidad de deposito en dicho estacionamiento, previa constatación de la documentación requerida y del estado en que dicho vehículo es entregado, asimismo a sufragar el pago de las tarifas por cobro de los servicios prestados, los cuales serán imputados a los propietarios de los vehículos. No podrá contarse a este efecto, el lapso comprendido desde el día 7 de junio de 2003 ¿inclusive- hasta el momento de la apertura real y efectiva del estacionamiento.