Por su parte, en relación a los particulares "SEGUNDO", "QUINTO" y "SÉPTIMO", este Tribunal imparte su aprobación únicamente en los siguientes términos: PRIMERO: Se acuerda medida cautelar innominada a favor de los ciudadanos MARÍA EUGENIA QUINTERO ROSALES y ENDER JOSÉ FLORES ACEITUNEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad números V-20.650.960 y V-7.831.623, respectivamente, la primera, en su condición de representante legal de la Sociedad Mercantil PROCESADORA CARVEN C.A., y el segundo, en su condición de Comisario de la misma empresa, a los fines de que puedan accesar sin obstáculo alguno a las instalaciones de la aludida compañía, y así, logren cumplir con las facultades que le confieren en el Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 27 de junio de 2007, de la Sociedad Mercantil PROCESADORA CARVEN, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 16 de julio de 2007, bajo el .....