Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por CARLOS SEGUNDO RAMIREZ BUSTOS y TERESITA DE JESUS ZUÑIGA AGÜERO contra LILIAN LUCIA ISTURIZ VASQUEZ.