Por los razonamientos anteriormente expuestos este tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLINA el conocimiento de este asunto en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Transitorio, del Circuito Judicial del Trabajo Guarenas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a quien se ordena remitir el expediente en su forma original mediante oficio.-